Gertz manero propone calificar de feminicidios a todos los homicidios de mujeres.
El Fiscal General, en su vida pisó una Agencia del Ministerio Pública, nunca litigó, su afición (seguramente sigue siendo) fue la academia.
Querétaro, QRO 13 agosto del 2020.
El teórico y académico de Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República, ya entrado en la mediatización de la 4T, que no tiene pies ni cabeza, propone a los legisladores federales calificar a todos los homicidios de mujeres, como feminicidios y homologar el criterio, enviando a las legislaturas de todos los Estados, la iniciativa de referencia ¡No ha entendido el Fiscal! Seguramente ya olvidó aquella iniciativa de reformas que enviara al Senado, en donde fue literalmente “congelada”, por la misma razón, sin pies ni cabeza.
El Fiscal General, en su vida pisó una Agencia del Ministerio Pública, nunca litigó, su afición (seguramente sigue siendo) fue la academia. Después fue invitado para ocupar cargos burocráticos de alto calado, gracias a sus amistades, como en esta ocasión que fue propuesto como “Fiscal Carnal”, por el mismo Andrés Manuel López Obrador, habiendo sido aprobada la propuesta por los legisladores federales. Así que el flamante “Fiscal Carnal”, muchas veces da “palos de ciego” y ahora que todo mediatizan en la 4T, se emociona. Esta vez, en pláticas con legisladores federales, a distancia, les “vendió” la idea de homologar los homicidios a feminicidios, en tratándose de mujeres, por supuesto. Es más un acto protagónico, que una razón jurídica de fondo. Pretende que sea una medida obligatoria para todo Agente del Ministerio Público, del fuero común o federal, cuando ejercite la acción penal, simplemente consigne por feminicidio, sin tener que probar los “elementos” del feminicidio. Simple.
Según el razonamiento de Gertz, busca que los homicidas reciban penas más fuertes por privar de la vida a una mujer; así, sin más, lo rehabilitación social o reinserción social nada importa. Lo cierto, el flojonazo del Fiscal General, quiere evitar la molestia a los Ministerios Públicos, de investigar para demostrar, probar la existencia de la especie de “agravante” del feminicidio, ilícito que de suyo reviste características distintas al homicidio y tiene una sanción privativa de la libertad superior. Esa es la finalidad de Alejandro Gertz Manero, facilitarse las cosas para no investigar, de tal manera que en todos los casos de un homicidio simple (figura típica en el Código Penal) de mujer, en automático sea feminicidio.
Simplista y práctico el académico. Por otro lado, esos delitos, lamentablemente no ceden por el simple aumento de la pena de prisión, vamos ningún delito ha disminuido por incrementar las penas de prisión, no es disuasiva la amenaza legal. Muchos años trabajé en el medio de la impartición de justicia penal, ahí es donde se aprende en lo teórico y lo práctico; la academia es muy grata, pero solo enseña la teoría, salvo que el docente también sea un excelente litigante en materia de Derecho Penal.
Los elementos materiales del delito, que fueron desaparecidos de la nueva normatividad del procedimiento penal; en estos casos, le facilitaron la vida a los jueces de control, nueva figura en el ámbito procesal; ellos sostienen que ya no se demuestra en la carpeta de investigación ni el cuerpo del delito, ni la probable responsabilidad, basta con el criterio del juzgador para radicar el expediente e iniciar el procedimiento en contra del inculpado. En el fondo, forzosamente deben probarse, demostrarse por medio de pruebas idóneas, legalmente permitidas, aportadas por el MP, para poder demostrar la existencia del delito y en su momento la responsabilidad del acusado para ser sentenciado como responsable de la figura típica que le imputó el Ministerio Público.
Más parece una propuesta de reforma populista de otro morenista, en el caso del Fiscal General, que una buena iniciativa de reforma al Código Penal y tal vez también al Código procesal Penal; pretendiendo se utilice el mismo criterio para el Ministerio Público, en ambos fueros de competencia. Así la carga de la prueba sería para los abogados que defienden a los acusados y no para el Ministerio Público, institución responsable socialmente de ejercer el monopolio del ejercicio de la acción penal. De por sí, Gertz Manero, acusó a los jueces de usar la puerta giratoria en beneficio de los acusados, cuando ellos ejercitan la Acción penal y los jueces los sueltan, mas nunca reconoce sus errores, otro López que echa culpas. No siempre es así. Lo cierto que el Ministerio Público, no siempre realiza bien las investigaciones y sin las pruebas suficientes, veraces, idóneas, más las violaciones a la ley para su obtención, al juez no le queda más remedio que decretar la libertad de los inculpados, todo porque el MP no hace bien su trabajo de investigar los delitos y perseguir a los delincuentes. Hacia allá va la intención del Fiscal General, para facilitar su trabajo, hacerlos más ineficientes de lo que son. Insisto, no es lo mismo la academia que la praxis del Derecho y el Doctor Gertz Manero, carece de conocimientos en la praxis del Derecho Penal. Es más, los Doctorados son más para investigar y la academia que para litigar, en materia jurídica, por supuesto.
Ahora que, si la pretensión legislativa del Fiscal es la de cambiar la naturaleza al homicidio de cualquier mujer, entonces que lo plasme claramente, así como existen los delitos de parricidio o el infanticidio, por ejemplo. Y no ande buscando otra justificación, esa de que se sancione con más severidad a los homicidas-feminicidas no es una razón de fondo, es salirse olímpicamente por la tangente a través de otra propuesta populista, imbuida de naturaleza política, claro, para ganar las simpatías de los grupos feministas. Así de simple. Nada tonto el Doctor.
Héctor Parra Rodríguez