Ley de Amnistía de AMLO es aprobada por Diputados en lo general y particular; pasa al Senado
Busca otorgar libertad a presos por delitos no graves para que puedan reintegrarse a la vida en sociedad
Querétaro, Qro., 11 de diciembre de 2019
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en lo general y lo particular, la nueva Ley de Amnistía propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador. El dictamen obtuvo 285 a favor, 144 votos en contra y 19 abstenciones. Ahora pasará al Senado para su revisión.
La iniciativa de López Obrador busca otorgar libertad a presos por delitos no graves para que puedan reintegrarse a la vida en sociedad. Los delitos que aplicarán para esta ley son del orden federal.
La única reserva que se aceptó durante la discusión fue la de la diputada Martha Tagle, de Movimiento Ciudadano, una adición al artículo 4 y al 5 transitorio.
De acuerdo con el dictamen, los delitos susceptibles de ser amnistiados son:
- -La interrupción legal del embarazo, lo cual incluye tanto a la mujer como a médicos y parteras que practican el procedimiento.
- – Delitos contra la salud, por ejemplo, posesión o consumo de narcóticos en bajas cantidades; el transporte de narcóticos o colaboración en ello.
- -Delitos cometidos por integrantes de pueblos indígenas a quienes no se haya garantizado el debido proceso, por ejemplo, no tener un traductor.
- – El robo simple sin violencia no reincidente.
- -Sedición, a excepción del terrorismo, que se refiere a quienes en tumulto y sin el uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones.
- También se establece que el Ejecutivo Federal integrará una Comisión encargada de coordinar los actos para dar cumplimiento y vigilar la aplicación de esta ley.
Los interesados o representantes legales en esta ley podrán solicitar la amnistía a la Comisión antes señalada, y será la Comisión quien determinará la procedencia en el caso, y someterá su decisión a la calificación de un juez federal para que, en su caso, la confirme.
En este sentido, la ley apunta que cuando se trate de personas sujetas a proceso o indiciadas pero prófugas, el juez ordenará a la Fiscalía General de la República el desistimiento de la acción penal; en tanto que cuando se trate de personas con sentencia firme, se realizarán las actuaciones conducentes para, en su caso, ordenar la liberación de la persona
Ley de Amnistía de AMLO es aprobada por Diputados en lo general y particular; pasa al Senado