Querétaro pasa a «Escenario A» partir de este fin de semana.
El estado de Querétaro transitará al Escenario A, a partir de la publicación del acuerdo correspondiente en el Periódico Oficial “La Sombra de Arteaga”, este viernes 23 de abril.
Los integrantes del Comité tomaron la decisión luego de analizar el comportamiento de la pandemia por COVID-19 entre la población queretana y, en congruencia con el índice de modulación de casos, evaluaron que se ha registrado una disminución sostenida en sus principales indicadores, tales como el promedio de casos activos, la positividad y la ocupación hospitalaria.
Las medidas correspondientes al Escenario A se mantendrán vigentes al menos hasta el próximo domingo 9 de mayo; el Comité realizará una evaluación permanente y la continuidad en dicho escenario dependerá de la actuación responsable de los diferentes actores de la sociedad, del respeto a las medidas sanitarias para mitigar la transmisión y del propio comportamiento de la enfermedad
El Escenario A tiene como objetivo permitir a la población avanzar hacia la nueva realidad con un enfoque congruente y sentido de corresponsabilidad para acelerar la recuperación económica del estado, privilegiando, en todo momento, la salud de las personas.
El Comité Técnico de Salud acompañó esta decisión con un llamado a no confiarse, a no bajar la guardia y a permanecer atentos a los efectos que podría tener el incremento de la movilidad social en el comportamiento de la enfermedad, sobre todo ante la proximidad de celebraciones como el Día del Niño y el Día de las Madres; “el tránsito hacia el Escenario A no quiere decir que el fenómeno se encuentre contenido”, aclararon.
Las medidas que considera el Escenario A hasta el 9 de mayo son las siguientes:
– Industria manufacturera, establecimientos industriales. Observar los “Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricción de horarios.
– Farmacias, dispensarios médicos. Horario de acuerdo con la licencia de funcionamiento. Únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad. Los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los horarios de los diferentes rubros enlistados. Respetando los aforos de los “Supermercados y Tiendas de Conveniencia”.
– Centros Comerciales. Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 23:00 horas, 60% de ocupación, dos personas por familia.
– Comercio en general y prestación de servicios profesionales, servicios financieros. Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 23:00 horas, 75% de ocupación, dos personas por familia.
– Supermercados y tiendas de conveniencia. Cierre a las 23:00 horas, con 50% de ocupación, dos personas por familia.
– Restaurantes y/o Cafeterías (incluye restaurantes en viñedos). Cierre a las 23:00 horas, con 75% de ocupación. Se recomienda la instalación de medidores de CO2 (dióxido de carbono) y privilegiar zonas abiertas bien ventiladas, uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin necesidad de gritar.
– Centros nocturnos: casinos, cantinas y bares. Cierre a las 24:00 horas, con 50% de ocupación. Deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas. Se recomienda la instalación de medidores de CO2 (dióxido de carbono) y privilegiar zonas abiertas bien ventiladas. Uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin necesidad de gritar.
– Venta de bebidas alcohólicas: en envase cerrado o para consumo en el sitio (de acuerdo con la licencia correspondiente). Hasta las 23:00 horas, todos los días de la semana.
– Hoteles y moteles. 75% de ocupación en cantidad de habitaciones, 75% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos con aforo a 50%, observando lineamientos de “Eventos masivos”, privilegiando espacios abiertos, con ventilación natural. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros nocturnos”, así como la “Venta de bebidas alcohólicas”.
– Centros de entretenimiento: Cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales de hasta 500 localidades. Ocupación de 50%, horario de cierre hasta las 23:00 horas.