Explican secretarios de Desarrollo Sustentable y de Salud medidas sanitarias del Escenario C
Buscan evitar la saturación hospitalaria a partir del mes de enero.
Los secretarios de Desarrollo Sustentable, Marco Antonio Del Prete Tercero, y de Salud, Julio César Ramírez Argüello, se reunieron con líderes de cámaras, clústers y asociaciones con la finalidad de explicar las medidas sanitarias correspondientes al Escenario C, que entran en vigencia en Querétaro el lunes 21 de diciembre.
Este escenario se pone en vigencia en virtud de que la ocupación hospitalaria ha presentado niveles al alza hacia el 50 por ciento en los últimos días , por lo que se regulan las actividades, aforos y horarios, dependiendo del tipo de actividad o establecimiento.
La puesta en marcha de estas medidas “de contención” buscan evitar la saturación hospitalaria a partir del mes de enero.
- Con respecto a la industria manufacturera y establecimientos industriales deberán observar los lineamientos técnicos específicos para la reapertura de actividades económicas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020 sin restricciones de horarios.
- Farmacias y dispensarios médicos deberán estar abiertos, de acuerdo con la licencia de funcionamiento, únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad; los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los rubros enlistados respetando los aforos de supermercados y tiendas de conveniencia.
- Los centros comerciales deberán cerrar a las 17:00 horas con un 30 por ciento de su ocupación y una persona por familia.
- El comercio en general y la prestación de servicios profesionales, que incluye servicios financieros, deberán cerrar a las 17:00 horas con 50 por ciento de ocupación y una persona por familia.
- Los supermercados y tiendas de conveniencia deberán cerrar a las 20:00 horas con 30 por ciento de ocupación y una persona por familia.
- Los restaurantes y cafeterías, en donde se incluyen los restaurantes en viñedos, deberán cerrar a las 20:00 horas, funcionando de lunes a sábado, con 50% de ocupación y los domingos permanecerán cerrados al público, únicamente se permitirá servicio a domicilio o para llevar.
- Los centros nocturnos, casinos, cantinas y bares deberán suspender actividades.
- La venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado o para consumo en el sitio, de acuerdo con la licencia de funcionamiento correspondiente, podrá ofrecerse hasta las 20:00 horas de lunes a viernes; los sábados y domingos estará suspendida.
- Los hoteles y moteles deberán observar 50% de ocupación en habitaciones y aforo en espacios comunes. En los salones de eventos el aforo será al 30 por ciento observando los lineamientos para eventos masivos. Los centros de consumo deberán observar los mismos aforos y horarios que los restaurantes o cafeterías y centros nocturnos. La venta de bebidas alcohólicas excepto en domingos, donde los centros de consumo serán única y exclusivamente para los huéspedes registrados.
- Los centros de entretenimiento, cines, teatros, galerías, academias y eventos culturales de hasta 500 localidades deberán suspender actividades.
- Los centros religiosos, iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, etcétera, deberán observar 25% de ocupación.
- Queda suspendida la celebración de eventos masivos o sociales: bodas, fiestas, bautizos etcétera, mayores de 25 personas.
- Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla con la sana distancia de 1.5 metros entre cada asistente, debiendo finalizar a las 20 horas del día de su celebración.
- Los centros recreativos, salones de eventos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias están suspendidos.
- Los deportes profesionales se jugarán a puerta cerrada sin público, el deporte amateur de contacto: futbol, basquetbol etcétera, se suspenden.
- Los espacios deportivos abiertos y de natación ocupación al 30% previa cita, los gimnasios, centros deportivos, spa y centros de masajes ocupación al 30% previa cita.
- Peluquería, barbería y estética ocupación a 30%, previa cita.
- Parques, plazas y espacios públicos abiertos restricción de aforos a 30%. El uso obligatorio de cubreboca en estos espacios que incluye también el transporte público.
- Los tours turísticos a pie por la ciudad al aire libre, aforo máximo de 20 personas más los actores uso obligatorio de cubreboca para todos.
- Recorridos turísticos en el territorio estatal, aforo máximo del 50 por ciento de la capacidad del vehículo. Durante el traslado uso obligatorio de cubreboca.